Kate vuelve al comedor sonriendo de oreja a oreja. Quizá esté enamorada. La miro boquiabierta. Nunca se ha comportado así.
– Ana, me voy a la cama. Estoy muy cansada.
– Yo también, Kate.
Me abraza.
– Me alegro de que hayas vuelto sana y salva. Hay algo raro en Christian -añade en voz baja, en tono de disculpa.
Sonrío para tranquilizarla, aunque pienso: ¿Cómo demonios lo sabe? Por eso será una buenísima periodista, por su infalible intuición.
Cojo el bolso y me voy a mi habitación con paso desganado. Los esfuerzos sexuales de las últimas horas y el total y absoluto dilema al que me enfrento me han dejado agotada. Me siento en la cama, saco con cautela del bolso el sobre de papel manila y le doy vueltas entre las manos. ¿Estoy segura de que quiero saber hasta dónde llega la depravación de Christian? Resulta tan intimidante… Respiro hondo y rasgo el sobre con el corazón en un puño.
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En el sobre hay varios papeles. Los saco, con el corazón latiéndome muy deprisa, me siento en la cama y empiezo a leer.
CONTRATO
A día____________________ de 2011 («fecha de inicio»)
ENTRE
EL SR. CHRISTIAN GREY, con domicilio en el Escala 301, Seattle, 98889 Washington
(«el Amo»)
Y LA SRTA. ANASTASIA STEELE, con domicilio en SW Green Street 1114, apartamento 7, Haven Heights, Vancouver, 98888 Washington
(«la Sumisa»)
LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE
1. Los puntos siguientes son los términos de un contrato vinculante entre el Amo y la Sumisa.
TÉRMINOS FUNDAMENTALES
2. El propósito fundamental de este contrato es permitir que la Sumisa explore su sensualidad y sus límites de forma segura, con el debido respeto y miramiento por sus necesidades, sus límites y su bienestar.
3. El Amo y la Sumisa acuerdan y admiten que todo lo que suceda bajo los términos de este contrato será consensuado y confidencial, y estará sujeto a los límites acordados y a los procedimientos de seguridad que se contemplan en este contrato. Pueden añadirse límites y procedimientos de seguridad adicionales.
4. El Amo y la Sumisa garantizan que no padecen infecciones sexuales ni enfermedades graves, incluyendo VIH, herpes y hepatitis, entre otras. Si durante la vigencia del contrato (como se define abajo) o de cualquier ampliación del mismo una de las partes es diagnosticada o tiene conocimiento de padecer alguna de estas enfermedades, se compromete a informar a la otra inmediatamente y en todo caso antes de que se produzca cualquier tipo de contacto entre las partes.
5. Es preciso cumplir las garantías y los acuerdos anteriormente mencionados (y todo límite y procedimiento de seguridad adicional acordado en la cláusula 3). Toda infracción invalidará este contrato con carácter inmediato, y ambas partes aceptan asumir totalmente ante la otra las consecuencias de la infracción.
6. Todos los puntos de este contrato deben leerse e interpretarse a la luz del propósito y los términos fundamentales establecidos en las cláusulas 2-5.
FUNCIONES
7. El Amo será responsable del bienestar y del entrenamiento, la orientación y la disciplina de la Sumisa. Decidirá el tipo de entrenamiento, la orientación y la disciplina, y el momento y el lugar de administrarlos, atendiendo a los términos acordados, los límites y los procedimientos de seguridad establecidos en este contrato o añadidos en la cláusula 3.
8. Si en algún momento el Amo no mantiene los términos acordados, los límites y los procedimientos de seguridad establecidos en este contrato o añadidos en la cláusula 3, la Sumisa tiene derecho a finalizar este contrato inmediatamente y a abandonar su servicio al Amo sin previo aviso.
9. Atendiendo a esta condición y a las cláusulas 2-5, la Sumisa tiene que obedecer en todo al Amo. Atendiendo a los términos acordados, los límites y los procedimientos de seguridad establecidos en este contrato o añadidos en la cláusula 3, debe ofrecer al Amo, sin preguntar ni dudar, todo el placer que este le exija, y debe aceptar, sin preguntar ni dudar, el entrenamiento, la orientación y la disciplina en todas sus formas.
INICIO Y VIGENCIA
10. El Amo y la Sumisa firman este contrato en la fecha de inicio, conscientes de su naturaleza y comprometiéndose a acatar sus condiciones sin excepción.
11. Este contrato será efectivo durante un periodo de tres meses desde la fecha de inicio («vigencia del contrato»). Al expirar la vigencia, las partes comentarán si este contrato y lo dispuesto por ellos en el mismo son satisfactorios y si se han satisfecho las necesidades de cada parte. Ambas partes pueden proponer ampliar el contrato y ajustar los términos o los acuerdos que en él se establecen. Si no se llega a un acuerdo para ampliarlo, este contrato concluirá y ambas partes serán libres para seguir su vida por separado.
DISPONIBILIDAD
12. La Sumisa estará disponible para el Amo desde el viernes por la noche hasta el domingo por la tarde, todas las semanas durante la vigencia del contrato, a horas a especificar por el Amo («horas asignadas»). Pueden acordarse mutuamente más horas asignadas adicionales.
13. El Amo se reserva el derecho a rechazar el servicio de la Sumisa en cualquier momento y por las razones que sean. La Sumisa puede solicitar su liberación en cualquier momento, liberación que quedará a criterio del Amo y estará exclusivamente sujeta a los derechos de la Sumisa contemplados en las cláusulas 2-5 y 8.
UBICACIÓN
14. La Sumisa estará disponible a las horas asignadas y a las horas adicionales en los lugares que determine el Amo. El Amo correrá con todos los costes de viaje en los que incurra la Sumisa con este fin.
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
15. Las dos partes han discutido y acordado las siguientes prestaciones de servicios, y ambas deberán cumplirlas durante la vigencia del contrato. Ambas partes aceptan que pueden surgir cuestiones no contempladas en los términos de este contrato ni en la prestación de servicios, y que determinadas cuestiones podrán renegociarse. En estas circunstancias, podrán proponerse cláusulas adicionales a modo de enmienda. Ambas partes deberán acordar, redactar y firmar toda cláusula adicional o enmienda, que estará sujeta a los términos fundamentales establecidos en las cláusulas 2-5.
AMO
15.1. El Amo debe priorizar en todo momento la salud y la seguridad de la Sumisa. El Amo en ningún momento exigirá, solicitará, permitirá ni pedirá a la Sumisa que participe en las actividades detalladas en el Apéndice 2 o en toda actividad que cualquiera de las dos partes considere insegura. El Amo no llevará a cabo, ni permitirá que se lleve a cabo, ninguna actividad que pueda herir gravemente a la Sumisa o poner en peligro su vida. Los restantes subapartados de esta cláusula 15 deben leerse atendiendo a esta condición y a los acuerdos fundamentales de las cláusulas 2-5.
15.2. El Amo acepta el control, el dominio y la disciplina de la Sumisa durante la vigencia del contrato. El Amo puede utilizar el cuerpo de la Sumisa en cualquier momento durante las horas asignadas, o en horas adicionales acordadas, de la manera que considere oportuno, en el sexo o en cualquier otro ámbito.
15.3. El Amo ofrecerá a la Sumisa el entrenamiento y la orientación necesarios para servir adecuadamente al Amo.
15.4. El Amo mantendrá un entorno estable y seguro en el que la Sumisa pueda llevar a cabo sus obligaciones para servir al Amo.
15.5. El Amo puede disciplinar a la Sumisa cuanto sea necesario para asegurarse de que la Sumisa entiende totalmente su papel de sumisión al Amo y para desalentar conductas inaceptables. El Amo puede azotar, zurrar, dar latigazos y castigar físicamente a la Sumisa si lo considera oportuno por motivos de disciplina, por placer o por cualquier otra razón, que no está obligado a exponer.