lex Plautia Papiria. Aprobada por la Asamblea plebeya en el 89 a. JC. para ampliar la plena ciudadanía a todos los socii itálicos cuyo nombre figurase en los rollos del registro municipal (si era un insurrecto se le obligaba a deponer las armas), a condición de que el interesado plantease el caso ante el pretor urbano de Roma en un plazo de sesenta días a contar desde la promulgación.
lex rogata. Ley promulgada en una asamblea por acuerdo directo entre sus miembros y el magistrado que la presidía. Es decir, que la ley no se presentaba a la asamblea ya redactada sino que su redactado se llevaba a cabo durante el contio asambleario.
lex sumptuaria. La dispuesta para regular la cantidad de artículos de lujo y/o manjares que un romano podía adquirir o tener en su casa por rico que fuese. Eran muy apegados a esta clase de leyes los magistrados contrarios al lujo, pero rara vez funcionaban en la práctica. Los principales artículos a que afectaban eran las especias, perfumes, incienso, vinos de importación y la púrpura de Tiro. La ley suntuaria de Sila llegó a estipular lo que una familia podía gastar en un entierro o un banquete.
lex Villia annalis. Aprobada en el 180 a. JC. por el tribuno de la plebe Lucius Villius. Estipulaba unas edades mínimas para desempeñar las magistraturas curules (probablemente treinta y nueve años para pretor y cuarenta y dos para cónsul) y por lo visto establecía también que mediasen dos años como mínimo entre el pretorado y el consulado.
Liber Pater. El dios primitivo itálico de la fertilidad que cuidaba del esperma de los hombres y de la germinación de las plantas. Se llegó a identificar con el vino y el buen tiempo, con Baco y con Dionisos, pero dentro de un culto respetuoso. Los aliados itálicos en guerra contra Roma adoptaron por dios tutelar a Liber Pater.
libero. El veredicto de inocencia pronunciado en los juicios celebrados en las asambleas.
liberto. Esclavo manumitido, aunque de hecho libre (y si su antiguo amo era ciudadano romano, también lo era él), el liberto seguía obligado por el patronazgo de su dueño y pocas posibilidades tenía de votar pues pertenecía a una de las tribus urbanas, la suburana y la esquilina. Había casos en que los libertos de notables cualidades, o de pocos escrúpulos, llegaban a ser inmensamente ricos y poderosos y con ello podían votar en la Asamblea centuriada; a veces lograban que los trasladasen a las tribus rurales y alcanzaban pleno derecho a voto.
libre. Hombre nacido libre y que nunca era vendido como esclavo (salvo como nexus o esclavo por deudas, cosa rara entre los ciudadanos romanos de la última época de la república).
lictor. Uno de los tradicionales funcionarios al servicio del Senado del pueblo romano. Había un colegio de lictores del que no se sabe con certeza el número de componentes, pero debían ser suficientes para proveer la tradicional escolta en fila a todos los que poseían imperium dentro y fuera de Roma, y llevar a cabo otras tareas. Es muy posible que fuesen dos o tres centenares. Los lictores tenían que ser ciudadanos romanos de pleno derecho, aunque es casi seguro que eran de clase baja, pues su sueldo era escaso y dependían de la magnanimidad del escoltado. Dentro del colegio, los lictores se dividían en grupos de diez (decurias) al mando de un prefecto, y había varios presidentes del mismo por encima de los prefectos. Dentro de Roma, vestían una simple toga blanca, y fuera de ella, una túnica carmesí con un ancho cinturón negro adornado con latón; sobre el hombro izquierdo llevaban los fasces. En los funerales vestían toga negra. Por pura conveniencia, he ubicado el Colegio de los lictores detrás del templo de los lares praestites, a la derecha del Foro, junto a la gran hospedería de la esquina del Clivus Orbius, pero no hay pruebas de que estuviera allí.
litera. Cubículo cubierto con patas para depositarlo en tierra y dos varas laterales; lo transportaban entre cuatro y ocho hombres. Era una modalidad lenta de transporte, pero la más cómoda de la antigüedad.
lubina. Se pescaba en el Tíber entre el puente de Madera y el puente Aemilius, donde rondaba a la caza de los desperdicios desaguados por las cloacas. Al parecer se desarrollaba mucho y era difícil de capturar; estaba considerada uno de los manjares más preciados de la época.
ludi. Véase juegos.
ludi romani. Véase juegos.
lusitanos. Los habitantes del sudoeste y el oeste de la península ibérica, que opusieron tenaz resistencia a la penetración de Roma; eran de organización tribal y parece que se dedicaban a la agricultura y al pastoreo.
macellum. Mercado.
magistrados. Representantes electos del Senado y el pueblo de Roma. Constituían el brazo ejecutivo del gobierno y, con excepción de los tribunos de los soldados, todos pertenecían automáticamente al Senado desde el momento de su elección a partir de la época de la dictadura de Sila. El diagrama adjunto explica más detalladamente la naturaleza de los cargos y la jerarquía, quién los elegía y si poseían imperium. El cursus honorum seguía un curso ascendente desde cuestor hasta pretor o cónsul; los censores, los dos tipos de ediles y el tribuno de la plebe eran cargos complementarios al cursus honorum. Todos los magistrados tenían un mandato de un año, salvo el censor. El dictador era un caso especial que se explica debidamente en el texto de la obra.
Magna Mater. La Gran Madre. Igual que Kubala Cibeles, la gran diosa de la tierra era una deidad sincrética originaria de Carquemis a través de Frigia, donde tenía su santuario en Pessinus. En 204 a. JC., hacia finales de la segunda guerra púnica, fue llevada desde este santuario a Roma la piedra umbilical de la Gran Madre y su culto cobró gran importancia a partir de entonces. Tenía el templo en el Palatino, sobre el circo Máximo, sus sacerdotes eran eunucos y en su culto había ritos flagelatorios.
maiestas. Traición. Las sutilezas legales introducidas por Saturnino en 103 a. JC. fueron anuladas en su mayor parte por la ley promulgada por Sila durante la dictadura, que especificaba con absoluta claridad los delitos que se consideraban traición. Véase también perduellio.
manumisión, manumiso. La manumisión era el acto de conceder la libertad a un esclavo. Cuando el amo del esclavo era ciudadano romano, la manumisión confería automáticamente a aquél la ciudadanía romana y el manumiso adoptaba el nombre del amo como suyo propio, añadiendo su nombre primitivo de esclavo a guisa de cognomen; es el caso de Lucio Cornelio Crisógono, el famoso liberto de Sila. Un esclavo se manumitía de diversas maneras: comprando su libertad con sus ahorros, como gesto especial del amo en ocasiones señaladas, como podía ser la celebración de una mayoría de edad, tras determinados años de servicio o por testamento. Muchos esclavos ansiaban la ciudadanía romana, a pesar de sus limitaciones, por legar la libertad a sus descendientes. No era infrecuente que hombres especializados en algo se vendieran ellos mismos como esclavos; este fenómeno se daba bastante entre los griegos. El manumiso debía llevar para todo el resto de su vida un solideo ligeramente cónico: el gorro de la libertad. Véase también liberto.
marsos. Uno de los pueblos itálicos más importantes. Los marsos habitaban en torno al lago Fucine, que consideraban propio. Se extendieron hasta las montañas de los Apeninos. Su historia da a entender que habían sido leales a Roma hasta las hostilidades de la primera guerra mársica. Los marsos adoraban serpientes y eran famosos encantadores de las mismas.
medidas y pesas. La mayoría de ellas se basaban en partes del cuerpo: el pie, la mano, el paso. El pie romano medía 296 mm. y se dividía en doce pulgadas. Un paso se componía de 5 pies, y la milla romana, de 1.000 pasos.
Las áreas se medían por iugera (véase el término).
Los granos, como el trigo, se medían en vez de pesarse, ya que se vertían como líquidos; las medidas para áridos eran el medimnus y el modius (véase esos términos).
El recipiente más común era el amphora, con una capacidad de unos 25 litros, equivalente al volumen de un pie cúbico romano.