1996
ESAS LEYES NECESARIAS
La rebelión frente a la ley ejerce, con frecuencia, mayor fascinación que su observancia. Esta admiración es justa y necesaria si quien se alza contra ella lo hace contra una ley inicua: se veneran como héroes y mártires a los hermanos Scholl o al teólogo Bonhoeffer que, lo mismo que Antígona, se rebelaron contra la ley de un Estado – el Estado nazi – que sojuzgaba a la humanidad y en esa rebelión sacrificaron sus vidas. Sea lo que sea lo que piensen los cínicos y los realistas de tres al cuarto, que creen que basta con tener pocos escrúpulos para ser unos Maquiavelos y conocer la verdad efectiva de las cosas, si el mundo no perece se debe, en buena parte, a quienes saben oír la voz de las "no escritas leyes de los dioses" y obedecerlas, cualesquiera que sean las consecuencias que se deriven de ello y cualesquiera que sean las proclamas de los legisladores del momento.
La ley, por sí sola, no basta, ni siquiera si es formalmente impecable; a una sociedad justa le hacen falta – como se dice y se repite a menudo desde distintas partes – valores éticos e individuos capaces de formarse una personalidad autónoma, capaces de buscar y fundar unos valores en los que creer, de darse criterios para reconocer el bien y el mal, y comportarse en consecuencia. Si el individuo no tiene esa voluntad y esa fuerza, ningún mecanismo jurídico podrá darle la capacidad de orientarse en la vida y de vivir en un mundo libre y creativo la relación con los otros y con su mismo destino; ninguna norma jurídica – diría Kipling – puede hacer de él un hombre.
No creo sin embargo que los individuos sean hoy menos capaces de elegir entre el bien y el mal de lo que fueron ayer, y sobre todo no creo que haya un nexo entre una pretendida impotencia o por lo menos irresolución moral y la ampliación de la esfera legislativa y jurisdiccional, llamadas a ocuparse de problemas cada vez más numerosos, tiempo atrás dejados a la discreción de las personas particulares y "a la espontaneidad de sus comportamientos", como escribe Ernesto Galli della Loggia denunciando – junto a otros muchos – esta creciente y en su opinión negativa injerencia de la ley.
La polémica contra la ley, cada vez más llamativa, no toma en consideración, como sería no sólo justo sino necesario, únicamente la anómala proliferación de las leyes, a menudo inextricables y tortuosas o indescifrables, hasta el punto de ofuscar antes que promover la certeza del derecho, negando así su razón de ser y obstaculizando el fin por el que existen. Pero la polémica antijurídica no se limita a hacer votos por una benéfica poda, una simplificación y clarificación de la selva de las leyes. Tiende a rechazar y limitar la idea en sí de la ley y del Estado, a desear que la sociedad se pudiera dejar cada vez más a su aire, a la evolución bruta de sus fuerzas, cada vez más liberada de vínculos y disposiciones legislativas.
En estas posiciones se advierten, escondidas entre muchas acertadas críticas y propuestas, tendencias aberrantes. No es cierto que el derecho lesione necesariamente la creatividad ética individual. La misma extensión del derecho a nuevos campos es comprensible, si es capaz de liberarse de los excesos formales, en cuanto que está inevitablemente ligada al desarrollo de una sociedad cada vez más compleja; a una tribu de la selva no le hace ninguna falta un código de la circulación, o por lo menos no uno tan complicado como el nuestro, por mucho que se preocupe de establecer quién tiene más o menos derecho de acceso a un sendero de caza. De la misma forma, la cesión de un iglú entre los esquimales requiere una reglamentación menos articulada que la necesaria en el mercado inmobiliario de una metrópoli. Los esquimales, con su intensa y melancólica poesía, no son en absoluto toscos ni salvajes, pero quien adquiere o vende inmuebles dentro de la intrincada selva de leyes de un ordenamiento estatal moderno no tiene tampoco por qué ser menos creativo que ellos.
Una sociedad cada vez más compleja crea nuevas relaciones entre los hombres, nuevas formas – lícitas o ilícitas – de confrontación y por lo tanto eventualmente también de conflicto, y donde haya un conflicto, aunque sólo sea en potencia, debe haber un derecho que lo regule y medie en él de una forma civil. Las transformaciones sociales generan nuevas posibilidades de vida y desarrollo, pero también de abusos, atropellos y violencia y por consiguiente hacen falta nuevas normas que tutelen a sus posibles víctimas. Armas más potentes requieren mayores controles respecto a quien las usa. Sería insensato deplorar el desarrollo tecnológico y social, que a menudo crea condiciones de vida más humanas para ámbitos más amplios de personas, o añorar la sencillez de los tiempos antiguos, desde luego más sencillos pero no ciertamente más exentos de opresiones, injusticias e iniquidades. Pero una nueva realidad puede comportar, junto a las ventajas, nuevos peligros, que es menester encauzar. La ley es la tutela de los débiles, porque los fuertes no la necesitan; fue la plebe en Roma la que pidió y obtuvo las doce tablas, básicas en el derecho romano escrito.
La ley no tiene que correr detrás de la evolución de la realidad para modificar los principios que la inspiran, como querría un malentendido sociologismo según el cual la ética y el derecho tendrían que adecuarse pasivamente a la evolución de la realidad, término vago que no dice nada concreto, porque no está claro lo que es esa realidad, a la que los individuos – que estarían por ende fuera de ella – tendrían en cualquier caso que conformarse. Los principios que inspiran la ética y el derecho – la igualdad de la dignidad de todos los hombres, la tutela de cada uno de ellos ante toda violencia – no tienen que modificarse al paso de los tiempos; si se difunde el hábito de las agresiones racistas, la moral no debe cesar de condenarlas ni el código civil de perseguirlas. Pero precisamente a causa de la fidelidad a los principios que la fundan, la ley tiene que adecuar sus normas para atajar las nuevas formas de violencia que puedan surgir, para afrontar los nuevos problemas que puedan crearse. Los embriones congelados y descongelados se convierten en individuos, cuyos derechos hereditarios hay que tutelar y así sucesivamente.
Pedir nuevas leyes ante nuevos problemas no significa abdicar de la moral y del compromiso personal, sino que significa dar realidad concreta a los imperativos y mandamientos de la moral. Ciertamente no hay que crear nuevas leyes superfluas cuando para resolver los problemas se puede recurrir a las ya existentes y a las potencialidades implícitas en ellas. Pero cuando un individuo puede ser perjudicado por otro, tal vez en formas y modos nuevos, no se puede dejar a la conciencia moral individual la decisión sobre ese perjuicio. Todo homicidio es también un hecho moral antes que un hecho jurídico, un pecado antes aun que un delito, pero la ley que lo persigue – y que desde luego no extingue ni absorbe o supera su dimensión moral, como enseña Crimen y castigo – no es arbitraria respecto a la conciencia. Las nuevas posibilidades técnicas de dar a luz un hijo son solamente técnicas, pero esos hijos tienen derecho luego a ser asistidos por parte de quien los ha generado y si éstos se niegan a ello, ocasionándoles un daño, la ley debe obligarles a la fuerza.